México: nuevos criterios de subcontratación en agroindustria
Si los frutos se adquieren cortados o cosechados, los trabajadores deberán ser contratados por el productor de los mismos.
En México, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), ha emitido los criterios que deben considerar las empresas de la agroindustria de exportación en materia de subcontratación.
Mismos que para efectos de las inspecciones en materia de tercerización, establecen que las actividades de corte, cosecha o recolección del fruto forman parte de la actividad económica preponderante de las empresas o personas físicas dedicadas al cultivo, empaque, distribución y exportación de fruta.
Es indispensable contar con el fruto cortado del árbol para iniciar con el proceso de venta, distribución, comercialización y exportación. De manera que, en el caso de que el fruto sea adquirido por parte de este tipo de empresas, los trabajadores deberán ser contratados por éstas.
Además, de acuerdo a la STPS, si los frutos se adquieren cortados o cosechados, los trabajadores deberán ser contratados por el productor de los mismos.
“La eliminación de corte y cosecha como servicio especializado altera el modelo de negocio, que a través de los años se ha consolidado en los casos de cultivos de aguacate, limones y caña”, señala Aldo Mares, Vicepresidente Laboral del Consejo Nacional Agropecuario (CNA).
Tan solo en el Estado Michoacán existen 70 empaques exportadores, 100 empresas de corte y cosecha especializada y 38,000 productores, por lo que se estima que hay arriba de 70,000 trabajadores, quienes tendrían que ser contratados de manera directa por el productor o el empacador.
“Los productores en este momento están tratando de analizar cómo poder estructurarse para dar cumplimiento a esta nueva disposición. Pero al mismo tiempo también hay algunos otros que están pensando en impugnar”, finaliza Mares.